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Comisión Disciplinaria sanciona a Rubén Cárdenas con tres meses de suspensión

Ferpafut da a conocer el castigo al presidente del Alianza FC, por el caso Elkin Mosquera. Puede apelar.

Redacción
La Comisión Disciplinaria de la Federación Panameña de Fútbol (FEPAFUT) resolvió suspender, mediante Resolución No. TC-40-2018, por tres (3) meses de toda participación del presidente del Alianza FC, Rubén Cárdenas Pasco, dentro de todas las categorías en las que sea o pueda ser parte. VER TAMBIÉN: El VAR vigilará los doce estadios del mundial a través de 33 cámaras En su parte resolutiva, la Comisión Disciplinaria agrega que: "Para el cómputo efectivo del plazo de la sanción, deberá reducirse el período de tiempo ya cumplido por el sancionado, producto de la aplicación de la medida disciplinaria provisional de suspensión de 30 días ordenada mediante Resolución No. 8-2018 fechada el 26 de febrero de 2018. Es decir, que tras haber cumplido ya dichos 30 días, al señor Cárdenas le quedan por cumplir 60 días más. VER TAMBIÉN: Una camiseta 'básica y elegante' Esta sanción está fundamentada en los artículos 3, 5, 22, 60, 63, 75, 83 y concordantes del Reglamento  Disciplinario de la Federación Panameña de Fútbol. La Comisión Disciplinaria considera "reprochable los acontecimientos ocurridos el 24 de febrero de 2018, puesto que los mismos son inaceptables sin importar las razones que los pudieron provocar, dado que a nuestra consideración y conforme a las reglas disciplinarias todo acto, conducta o manifestación que tenga de una u otra forma alguna connotación discriminatoria o racista o con agravante a la dignidad humana". Caso El presente proceso disciplinario tiene su inicio luego que, de acuerdo con el informe arbitral del partido entre Chorrillo FC y Alianza FC del pasado 24 de febrero, "el señor Rubén Cárdenas gritó desde la grada en el palco #7 al jugador del Chorrillo FC Elkin Mosquera 'mono', 'gorila', 'negro estúpido' (todo eso sucedió) al minuto 30". Apelable Señala la Resolución de la Comisión Disciplinaria que: "Contra la sanción impuesta cabe Recurso de Apelación dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su notificación".
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