Aprueban ajustes y nuevos descuentos a jubilados y pensionados
Para acreditar la condición de beneficiario se podrá presentar la cédula de identidad personal, el carné de jubilado o pensionado o el documento de residencia permanente, según corresponda.
Los jubilados, pensionados y personas de la tercera edad en Panamá podrán contar con nuevos descuentos y beneficios en medicamentos, consultas médicas, tratamientos contra el cáncer, equipos de movilidad, alimentación y servicios básicos, tras la aprobación del Proyecto de Ley No. 746, que modifica y adiciona artículos a la Ley 6 de 1987.
La iniciativa busca actualizar y ampliar las ventajas económicas destinadas a este sector de la población, incorporando beneficios que responden a necesidades relacionadas con la salud, la asistencia personal, la movilidad y el mejoramiento de sus condiciones de vida.
Entre los principales cambios figura un descuento del 25% en el consumo individual en restaurantes y franquicias nacionales e internacionales, con excepción de las fondas. También se establece un descuento del 20% en medicamentos, previa presentación de la receta médica cuando corresponda.
En materia de atención médica, el proyecto contempla un 25% de descuento en consultas de medicina general y especialidades médicas y quirúrgicas, 15% en servicios de optometría y oftalmología, 20% en exámenes de laboratorio y 30% en servicios radiológicos.
Uno de los aspectos destacados de la propuesta es el apoyo a los pacientes oncológicos. Para ellos se establece un descuento del 30% en procedimientos, intervenciones, terapias contra el cáncer, medicamentos oncológicos, insumos y equipos relacionados con su atención.
La iniciativa también incorpora beneficios para quienes requieren asistencia para movilizarse o permanecer en sus hogares. En ese sentido, contempla un 20% de descuento en prótesis, sillas de ruedas, muletas, bastones, andaderas, camas hospitalarias, colchones especializados y otros dispositivos de apoyo.
Asimismo, se establece un descuento del 20% en la compra de pañales para adultos y en el alquiler, reparación y mantenimiento de equipos de asistencia, como concentradores de oxígeno y dispositivos respiratorios. Para acceder a este último beneficio será necesario presentar una certificación médica que justifique la necesidad del equipo.
En cuanto a las condiciones de vivienda, el proyecto propone un descuento del 15% en la adquisición de materiales destinados a adecuaciones básicas, como rampas, barras de apoyo, pasamanos y superficies antideslizantes, siempre que estén orientadas a mejorar la movilidad, accesibilidad y seguridad de los beneficiarios.
Otros beneficios incluyen un 25% de descuento en la compra de ataúdes y urnas, así como en la contratación de servicios funerarios cuando el fallecido sea jubilado, pensionado o una persona de la tercera edad. También se contempla un 30% de descuento en el cargo fijo de telefonía residencial y un 20% en la tasa de aseo, bajo las condiciones establecidas.
La propuesta incluyó, además, descuentos del 20% en determinados gastos notariales y registrales relacionados con viviendas que cumplan los requisitos del régimen de interés preferencial para jubilados, pensionados y adultos mayores.
Otro punto importante es la exoneración del impuesto de importación y del Impuesto de Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios (ITBMS) para determinados insumos médicos, entre ellos parches hidrocoloides, bolsas de colostomía, aros y sondas urinarias, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
¿Quiénes podrán beneficiarse?
El texto establece que los beneficios alcanzarán a mujeres panameñas de 55 años o más y hombres de 60 años o más. En el caso de extranjeros con residencia permanente en Panamá, podrán acceder las mujeres desde los 57 años y los hombres a partir de los 62 años, además de los jubilados y pensionados contemplados en la normativa.
Para acreditar la condición de beneficiario se podrá presentar la cédula de identidad personal, el carné de jubilado o pensionado o el documento de residencia permanente, según corresponda.
La iniciativa también contempla beneficios para las propiedades de asociaciones, federaciones y confederaciones de jubilados y pensionados legalmente constituidas, en servicios como electricidad, agua, teléfono, internet y televisión por cable, entre otros.
De acuerdo con el texto, la nueva normativa comenzaría a regir seis meses después de su promulgación.
El próximo lunes 2 de noviembre, el presidente de la República, José Raúl Mulino, sancionará este nuevo proyecto de ley.