Ejecutivo fija horario extendido para compensar cierre de oficinas por Carnaval 2026
Los servidores públicos deberán laborar una hora adicional después del horario de salida los días 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 23, 26, 27, 28, 29, 30 de enero y el 2 de febrero de 2026, estipula el decreto.
Los días 16 de febrero (lunes de carnaval) y 18 de febrero (miércoles de ceniza) de 2026, las oficinas públicas en todo el país estarán cerradas, por lo cual el Órgano Ejecutivo ha establecido un calendario de 16 días en los que los servidores públicos deberán laborar una hora adicional para compensar el cierre en estas dos jornadas.
Lo anterior ha quedado establecido en el Decreto Ejecutivo No. 3 del 12 de enero de 2026, “Que ordena el cierre en todo el territorio nacional de las oficinas públicas nacionales y municipales los días lunes 16 y miércoles 18 de febrero de 2026, con motivo de las fiestas del Carnaval, y se dictan otras disposiciones”.
Los servidores públicos deberán laborar una hora adicional después del horario de salida los días 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 23, 26, 27, 28, 29, 30 de enero y el 2 de febrero de 2026, estipula el decreto.
Se exceptúa del cierre de los días 16 y 18 las oficinas públicas que por la naturaleza del servicio que prestan, deben permanecer funcionando (Idaan, instituciones de salud del Minsa y la CSS, servicios postales, bomberos, Sinaproc, ATTT, Metro de Panamá, Metrobus, Migración, la Fuerza Pública, Aeronáutica Civil, el aeropuerto de Tocumen, Aduanas, Aseo, Etesa, Egesa, Cuarentena Agropecuaria, APA y entidades auxiliares al comercio internacional que prestan servicio en puertos y aeropuertos).
Se recuerda que el artículo 46 del Código de Trabajo establece que el Martes de Carnaval (que este año cae el 17 de febrero) es día de descanso obligatorio.