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El Tribunal Electoral (TE), es claro frente a elecciones en 2019

Candidatos y panameños en general deben conocer sobre normas del TE.

Yanelis Domínguez
Se calientan los motores en este enero sobre el tema de política y las redes sociales son testigo de dichos actos, algunos se tiran su discurso presidencial, otros se alistan para escoger presidentes de partidos y otros aprovechan actos públicos para hacer su propaganda.  Con miras a más regulaciones, recientemente El Tribunal Electoral emitió un Decreto mediante el cual faculta a la nueva Unidad de Medios Digitales, adscrita a la Dirección de Comunicación, para que comunique al pleno las violaciones a la veda que detecte en las redes sociales, de manera que se pueda ordenar la suspensión de las pautas contratadas e iniciar la aplicación del debido proceso para sancionar a los responsables. Estas tienen la función de monitorear en las plataformas digitales las posibles violaciones  a la veda electoral y para servir de apoyo  a la nueva Dirección de Fiscalización del Financiamiento Político.  El magistrado del Tribunal Electoral, Alfredo Juncá se refirió al tema, diciendo que las actividades políticas y las supuestas violaciones a la reformas electorales, deben parar y pidió armonía ante la próxima contienda politica.

Pero eso no es todo, este mismo mes mediante un comunicado de prensa, el Tribunal Electoral dio a conocer las regulaciones a la cuales todos los funcionarios, partidos políticos y aspirantes a cargos de elección popular deberán someterse en este año pre-electoral.

 * Está prohibido el apoyo oficial, directo o indirecto a candidatos a puestos de elección popular, aun cuando fuere mediante medios velados o simulados para tal fin. *Los bienes y recursos del Estado no pueden utilizarse en beneficio o en contra de determinados candidatos o partidos políticos, salvo que, en igualdad de condiciones, se destinen a uso electoral legítimo. *Dentro de su horario de servicio, ningún funcionario que esté ocupando su posición en virtud de nombramiento o contrato, puede activarse a favor o en contra de partidos o candidatos.  *Los funcionarios que han accedido a su posición por mandato popular, tienen plena libertad de activarse a favor o en contra de partidos o candidatos, a cualquier hora, siempre que no sea durante la inauguración de obras públicas y demás actos de carácter oficial aunque fueren velados o simulados los medios empleados a tal fin. *La Veda Electoral es la prohibición de hacer campaña fuera de los períodos permitidos por la ley. Esos periodos son: cuarenta y cinco (45) días antes de las elecciones internas partidarias y sesenta días (60) días antes de las elecciones generales. * Durante la veda electoral, están prohibidas las caravanas y concentraciones con propósitos de hacer campaña electoral. *Está prohibido, durante la veda electoral, difundir propaganda electoral a favor o en contra de ciudadanos o partidos, pagada o donada, a través de televisión, radio, prensa escrita, medios digitales y centros de llamadas. * Está prohibido, durante la veda electoral, la distribución al electorado de artículos promocionales claramente relacionados con elecciones internas partidarias o las elecciones generales. *Está prohibido que los medios de difusión estatal y privados, así como programas subcontratados, administradores y canales virtuales en internet, contraten, acepten o donen pautas o tiempo para propaganda electoral. * Está prohibido que personas naturales o jurídicas, a título personal o por cuenta de terceros, paguen o donen propaganda electoral a favor o en contra de personas, candidatos o partidos. Se exceptúan los candidatos y partidos dentro de los períodos de campaña. Leer también: Convencionales de Azuero están listos para el próximo domingo
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