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Ordenan ejecución de pena contra el exmilitar condenado por homicidio del sacerdote Héctor Gallego

El sentenciado se mantuvo prófugo hasta su captura, ocurrida el pasado viernes 2 de mayo en la provincia de Chiriquí.

Redacción.

En audiencia realizada el pasado sábado 3 de mayo en la sede del Sistema Penal Acusatorio de la provincia de Veraguas, la jueza de cumplimiento, Sonia Broce ordenó la ejecución de la pena de 15 años de prisión impuesta en 1994 al exmilitar Eugenio Magallón, por el delito de homicidio agravado en calidad de cómplice primario, en perjuicio del sacerdote Jesús Héctor Gallego Herrera.

El sentenciado se mantuvo prófugo hasta su captura, ocurrida el pasado viernes 2 de mayo en la provincia de Chiriquí.

La audiencia tuvo como propósito evaluar la solicitud de prescripción de la pena presentada por la abogada del Instituto de la Defensa Pública, Iris Kuruc, quien sustentó su petición conforme al artículo 97 del Código Penal de 1982, que establece: “La pena privativa de la libertad impuesta por sentencia ejecutoriada prescribe en un término igual al doble de la pena señalada en la sentencia, sin que exceda de 25 años…”.

Señaló que la sentencia contra su defendido, quien actualmente tiene 94 años, fue ejecutoriada el 29 de noviembre de 1994, mediante fallo de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, quedando notificadas todas las partes el 7 de diciembre de 1994; y que tanto el Código Penal de 1922 (vigente al momento de los hechos) como el de 1982 (vigente al momento del juicio) contemplan dicha prescripción, por lo cual, a su criterio, la misma ya se habría cumplido, habiendo transcurrido más de 30 años.

Por su parte, la fiscal superior Tania Sterling, en representación del Ministerio Público, argumentó que el 20 de junio de 1991 la fiscalía declaró en rebeldía al sentenciado, lo cual tuvo como efecto la suspensión de los términos de prescripción, tanto de la acción penal como de la pena. En consecuencia, sostuvo que la ejecución de la pena aún procede.

Luego de escuchar los planteamientos de ambas partes, la jueza de cumplimiento, mediante Auto Resolutivo 15-61, determinó que la causa no ha prescrito, por lo cual ordenó la ejecución de la pena de 15 años de prisión impuesta por un tribunal de juicio el 29 de abril de 1994.

Ante esta decisión, la defensa presentó recurso de apelación, el cual será resuelto en audiencia ante el Tribunal Superior de Apelaciones del Segundo Distrito Judicial el próximo martes 13 de mayo a las 10:00 a.m.

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