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Sancionan ley que concede licencia de paternidad remunerada
Este miércoles 24 de mayo, fue publicada en Gaceta Oficial la Ley 27 del 23 de mayo de 2017, que crea la licencia de paternidad para los trabajadores de empresas privadas y servidores públicos. La Ley 27, que fue sancionada por el presidente Juan Carlos Varela establece que el trabajador cuya esposa o conviviente en condiciones de singularidad y estabilidad se encuentre en embarazada, gozará de una licencia remunerada por paternidad. La ley concede tres días de licencia remunerada a los trabajadores por el nacimiento de un hijo. La normativa estableces también que durante los días otorgados el trabajador no podrá laborar en otro empleo o por cuenta propia. La norma señala que la licencia se computa desde el día del nacimiento del menor, y para acogerse a la misma, el trabajador deberá informar con una semana de antelación la fecha probable de parto. Igualmente expresa que el trabajador debe presentar a su empleador el certificado de nacimiento expedido por la Dirección Nacional de Registro Civil, que lo acredita como padre del recién nacido.
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