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Municipio de San Miguelito suspende términos judiciales por el COVID-19

Se ordena mediante decreto la suspensión de los términos judiciales en el distrito de San Miguelito hasta nuevo aviso.

Edgar Iván Tovares

A través del decreto alcaldicio No. DAL-006-2020 el Municipio de San Miguelito decreta la suspensión de los terminos de judiciales en el distrito.

Que el artículo 17 de nuestra Consitución Política de la Republica de Panamá dispone que las autoridades están instituidas para protger la vida, la honrra y bienes e impedirán que por las vías de hecho se proceda contra la libertad, el homor y la tranquilidad de las personas bajo su jurisdicción.

Que el Ministerio de Salud por mandato constitucional es el ente gubernamental encargado de la planificación, dirección y ejecución de las políticas sanitarias a nivel nacional y el encargado de coordinar todo lo relativo a la mitigación de la pandemia, provocada por el coronavirus y que en consecuencia el Municipio de San Miguelito, acoge y respalda íntegramente todas las medidas adoptadas en el Decreto Ejecutivo No. 472 del 13 de marzo de 2020.

 

 

Lea también:

 

 

Que el Municipio de San Miguelito consiente de sus responsabilidad para con los usuarios de los servicios de prestamos a la comunidad, debe tomar medidas paliativas temporales de conformidad con los lineamientos emanados del Ministerio de Salud a fin de que los usuarios del servicio y los funcionarios de esta institución reciban la protección, conservación y restitución de la salud a la cual tienen derecho.

 

 Vea además:

 

 

Decreta los siguiente;

Artículo Primero: se ordena la suspensión de los términos judiciales en el distrito de San Miguelito hasta nuevo aviso sin que ello implique el cierre de los despachos administrativos.

Artículo Segundo: ordenar a los funcionarios municipales la reprogramación de todas las audicencias, diligencias de reconstrucción y declaración de testigos hasta nuevo aviso.

Artículo tercero: ordenar a los funcionarios municipales, que comuniquen a los usuarios, utilizar a los medios teléfonicos para intercambiar información.

Artículo cuarto: Este decreto empezará a regir a partir de su promulgación.

El municipio de Panamá deja abierta la línea 508-9800 así como sus redes sociales para cualquier duda o consulta o denuncia que tengan a bien realizar.

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