Dos iniciativas que buscan derogar los artículos 127 y 128 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional fueron presentados ante el pleno de la Asamblea Nacional de Diputados.
Los proyectos buscan que se permita que los policías puedan ser juzgados toda vez que cometan alguna falla en ejercicio de sus funciones y que no sean investigados por la misma institución.
Las iniciativas fueron presentadas por Leandro Ávila y Luis Eduardo Quirós.
El artículo 127 de la Ley 74 del 29 de octubre de 2010 establece que cuando algún miembro de la Fuerza Pública sea denunciado, querellado, imputado o procesado por la presunta comisión de un delito ejecutado en acto de servicio o en cumplimiento del deber, no se ordenará la detención preventiva ni se decretará la suspensión provisional del cargo público que desempeña hasta que concluya el proceso con resolución ejecutoriada y esta sea comunicada la autoridad nominadora por el tribunal competente.