La promulgación de la Ley 7 del 8 de mayo de 014, cuyo artículo 40 prohíbe el matrimonio entre individuos del mismo sexo, ha generado reacciones adversas en las filas de individuos y agrupaciones de personas homosexuales y lesbianas en el país.
El decreto en su artículo 42 contempla que la ley extranjera no se aplicará en el territorio nacional, lo que quiere decir que aunque en otro país sea legal el matrimonio entre personas del mismo sexo, en Panamá, esto no se reconoce.





