La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia suspendió temporalmente los efectos del contrato de concesión para el servicio de cámaras de vigilancia vial,
suscrito entre la ATTT y la empresa Traffic Safety de Panamá S.A.
Se determinó que el contrato es para realizar el diseño, suministro e instalación del servicio y por sí solo no se enmarca en las particularidades de una obra de interés público. La Asociación Nacional de Arrendadores de Vehículos demandó el contrato por ser desfavorable para el Estado.





