La Autoridad del Canal de Panamá (ACP) emitió una circular a las navieras que establece ciertas restricciones temporales al calado de los buques para todos los agentes, propietarios y operadores de la vía interoceánica.
Esta medida temporal y preventiva se adopta debido a los efectos del fenómeno de El Niño, el cual deriva en el calentamiento periódico de las aguas oceánicas en el Pacífico tropical.
La circular establece que el calado máximo permitido será de 11.89 metros (39.0 pies) en agua dulce tropical, efectivo a partir del 18 de abril de 2016.





