Todo aquel local comercial que utilice letreros luminosos o anuncios publicitarios que utilicen energía eléctrica deberán encenderlas de 6:00 p.m. hasta las 10:00 p.m.; así lo indicó la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) esto como parte de las medidas de razonamiento de energía eléctrica.
Solo cuatro horas para los letreros luminosos
Todo aquel local comercial que utilice letreros luminosos o anuncios publicitarios que utilicen energía eléctrica deberán encenderlas de 6:00 p.m. hasta las 10:00 p.m.; así lo indicó la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) esto como parte de las medidas de razonamiento de energía eléctrica.





