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El País: Jueves 09 de Enero de 2025 1:01 PM
El País: 2025/01/09 01:01pm

Retienen dos embarcaciones sustrayendo de manera ilegal recursos marinos en el Parque Nacional Coiba 

En el interior de las lanchas se pudo comprobar que efectivamente llevaban variedades como cambute, pulpo y ostras.
  • Redacción día a día

  • diaadiapa@epasa.com
  • @diaadiapa

Etiquetas

  • Ministerio de Ambiente
  • MiAmbiente
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Dos embarcaciones que se encontraban en la isla Rancherita, conocida también como Coibita, fueron retenidas por guardaparques del Parque Nacional Coiba, con el apoyo de la Policía Ambiental, al realizar sustracción ilegal, de aproximadamente, 50 unidades de especies marinas. Mediante el operativo, los tripulantes de ambas embarcaciones fueron conducidas, para iniciar el proceso sancionatorio conforme a la normativa ambiental y las que rigen de manera especial para el área protegida de Coiba.   

 

En el interior de las lanchas se pudo comprobar que efectivamente llevaban variedades como cambute (Strombus galeatus), pulpo (Octopus) y ostra (Pinctada sp). Cabe señalar que estas personas habían sido contratadas para transportar turistas hacia el área protegida, sin embargo, no cuentan con ningún permiso para realizar actividades de pesca. 

 

Los sujetos retenidos infringieron la Resolución ADM/ARAP N°28 (1 de junio de 2021), por la cual se establece un período de veda de los caracoles marinos (Lobatus spp) y (Strombus spp), que en su artículo primero indica: “Establecer un período de veda para los caracoles marinos de los géneros (Lobatus spp) y (Strombus spp) en las aguas jurisdiccionales de la República de Panamá, por el termino de cinco (5) años, por lo cual queda prohibida su extracción, captura, transporte. posesión, comercialización, exportación y procesamiento del organismo entero o partes, como producto o subproducto”, periodo que aún está vigente. 

 

Foto: Cortesía

 

En esta resolución también se indica en su artículo segundo que “Solo se permitirá la extracción o captura y la posesión de (Lobatus spp) у (Strombus spp), para fines científicos, restringiéndose el número de individuos a extraer, dependiendo del protocolo de investigación, para la cual deberán solicitar y obtener un permiso de investigación a las autoridades competentes”. 

 

Adicional, el caracol marino (Lobatus gigas) es una especie protegida que se encuentra en el Apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), como especie amenazada para su comercialización desde 1992, y está sometida a restricciones en cuanto a capturas y comercialización, teniendo Panamá obligaciones concernientes a las recomendaciones que la CITES emite sobre su uso y comercio. 

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