Entre $50 y $1,500 podrían pagar los padres de familia cuyos hijos sean pescados manipulando bombitas y otros artefactos pirotécnicos.
Y es que la Alcaldía de Panamá, mediante el Decreto 2577 estableció las multas a los padres, tutores o adultos que permitan el uso de estos artículos a quienes aún no hayan cumplido la mayoría de edad.
Dicho decreto, regula además el expendio de los explosivos y artefactos pirotécnicos, afirmando que los menores de edad tampoco los pueden vender y/o transportar. De comprobarse esto, se les decomisará los productos y serán puestos a las autoridades de familia, mientras que su padre o tutor será sancionado.
La venta al por menor y ambulante de los conocidos cohetes, petardos, voladores, volcanes, fuegos artificiales u otro artefacto pirotécnico también está prohibida. Solo los establecimientos con la licencia otorgada por la Alcaldía están autorizados para venta; sin embargo, si se comprueba que están vendiendo ya sea a menores de edad o personas bajo efectos del alcohol, se les revocará el permiso de venta y se le impondrá una multa.
El decreto alcaldicio menciona que está prohibido el uso de bombitas y juegos pirotécnicos dentro de residencias y cerca de hospitales, centros educativos, clínicas o edificios públicos.
Los corregidores y jueces nocturnos están autorizados para imponer las sanciones. Así como los inspectores municipales, la Policía Nacional, Policía Municipal y los bomberos, podrán poner a disposición de las autoridades a quienes incumplan la norma.
Adultos pagarán
Multas de hasta $1,500 se pueden poner a los adultos.
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Jesús simmons
- @jesus06041973









