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El Ministerio de Salud se pronuncia por la certificación médica

En lo que respecta a la Ley de internados y residencias, el Minsa no ha gestionado ningún cambio a las legislaciones vigentes en esta materia.

Redacción

 

Luego del revuelo que se ha formado en el sector salud y la ciudadanía en general porque el viernes en Gaceta Oficial fue promulgada la Resolución 1 del 3 de marzo de 2021 de el Ministerio de Salud que establece, de manera temporal y hasta que se levante el Estado de Emergencia Nacional, el puntaje mínimo de aprobación para el examen de certificación básica en medicina, el Ministerio de Salud emitió un comunicado.

 

De acuerdo a la resolución, la puntuación mínima para aprobar es 360, que corresponde  al porcentaje equiparado de 34.5%. 

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En relación a la Resolución 1, del Consejo Interinstitucional de Certificación básica en Medicina (CICBM), el Ministerio de salud, tiene a bien comunicar:

 

1. En el año 2014, el Ministerio de Salud, decide por vez primera formalmente implementar la Ley 43 del 2004, que regula la certificación y recertificación de profesionales y técnicos de la salud en el país.

 

2. La certificación en Medicina es un proceso complejo, que debe garantizar la adquisición de competencias mínimas que aseguren la atención sanitaria adecuada a la población.

 

3. Las normativas internacionales de acreditación médica establecen la necesidad de un proceso de certificación a través de un par externo, y de todos es conocido que instituciones de salud en Panamá, han sido acreditadas por pares externos internacionales. Es por esto, que el CICBM, apoyado en un convenio con la Universidad de Panamá, aplica el examen con el National Board of Medical Examiners (NBME), la institución de mayor experiencia a nivel mundial en esta materia.

 

4. El examen aplicado no corresponde a una prueba simple de evaluación, ponderado por una escala de calificación universitaria. El objetivo del diseño psicométrico de la  prueba es detectar las habilidades en conocimiento, integración de datos, análisis y toma de decisión, enfocados en seis áreas: medicina interna, cirugía, medicina familiar, pediatría, psiquiatría y ginecología y obstetricia. El enfoque es diagnóstico, análisis e interpretación de datos clínico, prevención y tratamiento de las distintas patologías. Este enfoque se viabiliza operativamente en la aprobación/no aprobación en base a un desempeño por prueba. El “blueprint” está diseñado psicométricamente para detectar aquellos individuos en que la falta de competencias pone en peligro la seguridad del paciente. 

 

5. En los talleres diseñados para establecer este tope mínimo, el valor estrictamente que supone la aprobación es de 343, en base al sistema de tres dígitos, es decir aproximadamente 32.1, en base a sistema de cien. Esta escala es totalmente diferente a las utilizadas en las universidades nacionales, y de ninguna manera puede compararse, ya requeriría de un ajuste ponderativo a base de fórmulas matemáticas complejas.

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6. Este proceso de acreditación profesional se da en conjunto con las disposiciones internacionales que requieren que las universidades panameñas estén acreditadas internacionalmente, de forma tal, que los títulos en medicina sean reconocidos en los Estados Unidos, Canadá y Europa. Es por esto el interés de incrementar el valor de este tope, procurando cumplir con el calendario al año 2024. 

 

7. La pandemia por Coronavirus ha supuesto un impacto profundo en la formación médica de pregrado y posgrado. En los Estados Unidos, el NBME ha cancelado y suprimido definitivamente partes del examen, dado la alteración profunda de los procesos formativos y la necesidad de ajustes de acuerdo a las restricciones de bioseguridad. (https://covid.usmle.org/announcements/work-relaunch-usmle-step-2-cs-discontinued).  

8. En nuestro país, luego de 12 meses de pandemia, la formación de médicos ha tenido un impacto, ya que no se han cumplido estrictamente con las prácticas clínicas, Pese a ello, las universidades han otorgado los títulos de grado correspondientes.

 

9. Esto supone que el internado se convertirá durante los años pospandemia en el escenario en que nuestros médicos completarán sus habilidades clínicas prácticas, antes de obtener su idoneidad. 

 

10. El CICBM está conformado por la Universidad de Panamá (Presidencia, Secretaría, Tesorería), Colegio Médico de Panamá (Vocal), Caja de Seguro Social (Vocal), Ministerio de Salud (Vocal) y un representante de la universidades privadas (Vocal).

 

11. El CICBM, consciente de esta realidad, votó de forma unánime, de forma tal, garantizar los médicos internos a las instalaciones de salud, sin poner en riesgo la calidad, ya que se mantienen los límites aprobados por el NBME. Este proceso de modificación se realiza luego de meses de discusión, del cual la Facultad de Medicina de la Universidad de Panamá, ha sido partefundamental.

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12. Durante la pandemia, el Minsa ha proporcionado todo el apoyo logístico, pruebas, insumos, etc., para que se aplicara la prueba en los meses de octubre de 2020 y marzo de 2021.

 

13. Así mismo, se ha apoyado a la Universidad de Panamá para el trámite de las adendas, logrando la firma por parte del Ministro de Salud y del Rector el día 4 de marzo de 2021, y se está en espera del trámite de refrendo. 

 

14. Paralelamente, se realizan las coordinaciones con el Ifarhu y el Ministerio de la Presidencia para las becas a los estudiantes.

 

15. En lo que respecta a la Ley de internados y residencias, el Minsa no ha gestionado ningún cambio a las legislaciones vigentes en esta materia.

16. Por otro lado, el Ministerio de Salud autorizó además la vacunación COVID-19 gradual los estudiantes de ciencias de la salud de forma tal que puedan seguir con los procesos de enseñanza aprendizaje en las instalaciones de salud donde se encuentren prestando sus servicios. 

 

17. El Ministerio de Salud mantiene su posición de diálogo y trabajo, conforme a lograr la excelencia en la atención sanitaria en el país.

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