Si alguna vez viste a alguien peleando la cuenta en un restaurante por el famoso descuento de jubilado… bueno, Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) salió a ponerle orden al asunto.
La entidad recordó que, según la Ley 6 de 1987, los jubilados, pensionados y personas de la tercera edad sí tienen derecho a descuentos en restaurantes y locales de comida rápida, pero hay varias reglas que muchos desconocen.
Por ejemplo: el 25% de descuento aplica únicamente sobre el consumo personal del beneficiario y no sobre toda la mesa, aunque sea el jubilado quien pague la cuenta. Además, bebidas y postres solo entran en el beneficio si se compran junto al plato fuerte.
¿Y el delivery? Vaya sabiendo que los pedidos a domicilio no entran en el descuento. Sin embargo, si la compra se hace directamente en el local, aunque sea para llevar, sí aplica.
Acodeco también aclaró que en franquicias de comida rápida el descuento es del 15%, pero mientras el negocio no demuestre formalmente que es franquicia, deberá aplicar el 25%.
La entidad aprovechó para recordar tanto a consumidores como a restaurantes que estas normas son obligatorias y que cualquier irregularidad puede ser reportada ante la institución.









