A partir del lunes 4 de mayo de 2015 los servidores públicos de Panamá tendrán un nuevo horario de trabajo de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Este horario incluye una (1) hora de almuerzo, que debe ser coordinada para no interrumpir la prestación del servicio.
Las oficinas o empresas públicas que, por la naturaleza del servicio que prestan y sus turnos especiales, deban permanecer laborando en su horario regular, están exentos del horario dispuesto en el Decreto Ejecutivo Nº 299 de 29 de abril de 2015. Al igual que los servidores públicos que por razón de sus funciones deban mantener su horario regular.
Con fecha de publicación del 29 de abril de 2015, en Gaceta Oficial, se adoptan medida que procuran el ahorro energético en el país, estableciendo para tal fin un horario temporal para las oficinas del gobierno central, instituciones autónomas, semiautónomas y municipales.
Adicional se añade que los aires acondicionados, letreros luminosos de las oficinas mencionadas deberán estar apagados al culminar labores, como también que los bancos laborarán conforme al horario a la Superintendencia de Bancos y el Decreto no aplica para la Universidad de Panamá.









