El toque de queda para los menores de edad no es nada nuevo; sin embargo, lo que muchos desconocen es que esta medida se aplica los 365 días del año.
Tolentino Soto Ríos, secretario general de la Gobernación de Panamá, manifestó que la resolución DS012009 del 27 de julio del 2009 fija el toque de queda en toda la provincia de Panamá.
Añadió que a futuro habría que crear un tipo de resolución que pueda crear un comité que analice los casos de toque de queda y abarque a la Policía de Niñez y Adolescencia y la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia Senniaf.
El funcionario explicó que, a pesar de que no está en la norma, cuando se aprehende a un menor, por medio de la Policía de Menores debe ser llevado a una subestación de policía y luego se traslada a las corregidurías para que se aplique una sanción a los padres.
La sanción, que es de $50.00, puede ser incrementada en la medida que los padres no cumplan.
Si los menores de edad no son reclamados, son llevados al Senniaf, que levanta una investigación.
El toque de queda se aplica de domingo a jueves de 9:00 p.m. a 6:00 a.m., y los viernes y sábado de 10:00 p.m. a 6:00 a.m.
Un menor de edad solo puede estar fuera del horario de toque de queda en la calle si está en compañía de un adulto responsable, para ello, debe portar una carta de autorización firmada por el padre. Pero si el adulto no es familiar, debe ser cinco años mayor que el menor de edad.
- Si tiene un permiso de estudiante o trabajo, el menor de edad no debe ser detenido.