Medicamentos para afecciones cardiovasculares, diabetes, hipertensión, y otros, mantienen su precio regulado
A partir del 15 de octubre de 2025.
Los precios de 51 medicamentos esenciales, destinados al tratamiento de enfermedades crónicas como la diabetes, la hipertensión y afecciones cardiovasculares, entre otras, se mantendrán dentro de un tope máximo, mediante el Decreto Ejecutivo No. 36 de 30 de septiembre de 2025.
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) será la entidad responsable de fiscalizar rigurosamente el cumplimiento de esta medida, en todas las farmacias del país, conforme lo establece el artículo 2 del decreto. La aplicación del control de precios entrará en vigor el 15 de octubre de 2025.
El nuevo listado surge de un análisis técnico del mercado farmacéutico, realizado por la Acodeco, que permitió excluir más de 60 medicamentos previamente regulados. Dichos productos fueron eliminados porque se encontró que existían distorsiones en el mercado, tales como la ausencia del producto por desabastecimiento y situaciones de presencia de otros medicamentos, a precios inferiores de la referencia propuesta en montos significativos.
Desde la Acodeco recuerdan a la población que este tope de referencia, es solo para los productos innovadores, es decir los productos de vanguardia que crearon la molécula y no sus genéricos. Incluso, los productos listados solo son en una presentación específica de una determinada marca. En vista de lo dispuesto en los artículos 128 y 129 de la Ley 419 de 1 de febrero de 2024, las farmacias y médicos están obligados a informar de la posibilidad de un bioequivalente genérico.
El incumplimiento de los precios máximos establecidos será sancionado de manera inmediata, sin contemplar amonestaciones verbales. Por tratarse de un tema de salud humana, las multas podrán alcanzar hasta B/.50,000.00, dependiendo de la gravedad de la infracción.