El pleno de la Asamblea Nacional aprobó una resolución mediante la cual se autoriza a más de una decena de diputados a ejercer la profesión de abogado durante el periodo para el que fueron electos.
La medida se sustenta en el numeral 4 del artículo 158 de la Constitución Política de la República de Panamá, que establece que los diputados que sean profesionales del Derecho pueden ejercer como abogados ante el Órgano Judicial, ya sea dentro o fuera del periodo de sesiones, siempre que cuenten con la licencia correspondiente.
En la resolución aprobada, se destaca que es facultad del pleno legislativo otorgar este permiso a todos los diputados que posean idoneidad como abogados y que formalmente lo soliciten.
Asimismo, se precisa que la licencia tendrá vigencia a partir de su aprobación y se mantendrá hasta la finalización del periodo constitucional para el cual los diputados fueron elegidos.









