Entrada en vigor de la Resolución No. 146 de 31 de enero de 2025, que regula el vapeo en Panamá
Está prohibido usarlos en todos los lugares donde ya está prohibido fumar productos de tabaco. Esto incluye oficinas públicas y privadas, escuelas, hospitales, medios de transporte, restaurantes, bares, centros comerciales, estadios, iglesias, hoteles, discotecas y espacios deportivos, entre otros. Donde no se puede fumar, tampoco se puede vapear o usar estos dispositivos.
-
Redacción
- diaadiapa@epasa.com
- @diaadiapa





