El Ministerio de Salud Minsa emitió la Resolución N° 1386, que establece medidas extraordinarias relacionadas a las aglomeraciones de personas, a fin de mitigar la propagación del COVID-19.
El documento indica que se prohíbe la realización de toda actividad que conlleve aglomeraciones en lugares públicos, comerciales y de cualquier índole.
Para los casos de las reuniones laborales, solo se permitirá la participación de un máximo de diez 10 personas, siempre que cumplan con el distanciamiento de dos metros y las demás medidas de bioseguridad.